SE ABRE LA PUERTA A LA DEVOLUCIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES POR EL AJUAR DOMESTICO
Publicado el 28 may. 2020 por Pérez de Ayala Abogados
El Tribunal Supremo en una reciente sentencia ha especificado el concepto del ajuar doméstico en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La actual regulación del Impuesto establece que el ajuar doméstico se debe computar como el 3% del valor de la herencia, salvo que se pueda demostrar un valor o inferior o superior. Esto hace que se convierta en un elemento ficticio que conlleva que toda herencia se vea incrementada, a efectos fiscales, con un 3%. En la práctica hace que en aquellas herencias con una masa hereditaria alta que no se encuentren bonificadas (es decir, todas salvo las herenci... […] seguir leyendo