El acuerdo internacional denominado RUBIK y la regulación de capitales.
Publicado el 17 nov. 2011 por Pérez de Ayala Abogados
La repatriación, regulación de capitales, consiste en declarar ante la Administración Tributaria, por un sujeto pasivo, la existencia en su poder de un capital hasta ese momento no declarado. Así, si bien es cierto que la aparición de un patrimonio no declarado conllevaría la consideración fiscal de esos fondos como un incremento no justificado de patrimonio, si se acredita que el patrimonio no declarado tiene más de cinco años de antigüedad en el caso de que estuviéramos en delito fiscal y cuatro años en el caso de que estuviéramos ante una infracción administrativa, esta conclu... […] seguir leyendo