Publicado el 28 may. 2020 por Pérez de Ayala Abogados
En primer lugar, una sentencia del mes de Noviembre ha establecido que los altos directivos también tienen derecho a la exención por despido que recoge la Ley del IRPF. Hasta ahora la normativa recoge una exención de la indemnización por despido (con un límite de 180.000 euros) para los trabajadores despedidos de la empresa. No obstante, se excluía de tal exención a los directivos de las empresas por entenderse que ellos no se encontraban en una relación laboral ordinaria, sino especial.
Sin embargo, el TS ha entendido que los directivos de las empresas deben también tener derecho a la exenció […] seguir leyendo
Publicado el 30 abr. 2020 por Pérez de Ayala Abogados
La paralización impuesta al desarrollo de actividades consideradas no esenciales durante gran parte de la vigencia del estado de alarma puede provocar una situación de insolvencia –actual o inminente- en muchas empresas y actividades económicas realizadas por particulares.
Por tal motivo, en el Real Decreto 8/2020, de 18 de marzo, se aprobaron, entre otras, las siguientes medidas:
- Exoneración del deber de solicitar declaración de concurso durante la vigencia del estado de alarma a todo deudor que se encuentre en estado de insolvencia. Exoneración extensiva a aquel deudor que hubiera comunica...
[…]
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Publicado el 21 abr. 2020 por Pérez de Ayala Abogados
MODIFICACIÓN O RESOLUCIÓN DE CONTRATOS ANTE LA CRISIS DEL COVID-19
FUERZA MAYOR Y CLAÚSULA REBUS SIC STANTIBUS.
Podemos definir fuerza mayor como una circunstancia imprevisible e inevitable que altera las condiciones de una obligación. Son supuestos típicos de fuerza mayor los acontecimientos naturales extraordinarios como las inundaciones catastróficas, los terremotos, la caída de un rayo, etc.
Esta figura aparece recogida en el artículo 1.105 de nuestro Código Civil que dispone: Fuera de los casos expresamente mencionados en la ley, y de los en que así lo declare la obligación, nadie r... […] seguir leyendo
Publicado el 08 abr. 2020 por Pérez de Ayala Abogados
Tras la publicación del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, mediante el que se declara el estado de alarma, y de forma excepcional, el Gobierno podrá decretar medidas tendentes a limitar la movilidad y los desplazamientos de los ciudadanos, como ha venido ocurriendo desde el pasado 14 de marzo, y que de no ser aplicadas, serán sancionadas de acuerdo con el artículo 20 del Real Decreto, que dispone: “El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de las autoridades competentes en el estado de alarma será sancionado con arreglo a las leyes, en los término establecidos en el artículo 10 de... […] seguir leyendo