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EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID DECLARA EXENTA LA PRESTACIÓN POR MATERNIDAD PERCIBIDA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Publicado el 01 dic. 2016 por Pérez de Ayala Abogados

Recientemente se ha dado a conocer una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 6 de julio de 2016, en la que se declara exenta en el IRPF la prestación por maternidad percibida del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Se trata de la prestación que una persona recibe de la Seguridad Social cuando se da de baja por maternidad en su trabajo, y que percibe durante un período de al menos cuatro meses. Adjuntamos la sentencia Obviamente estamos ante una tesis que es contraria al criterio de la Administración, y ante este escenario, puede que la AEAT continúe denegando la aplicación de la exención –y por tanto, desestimando las solicitudes de rectificación de autoliquidación que pudieran presentarse-, pero los asuntos que lleguen al TSJ de Madrid, sin duda tienen bastantes probabilidades de prosperar. Por ello, se podría estudiar pedir la devolución de la parte de IRPF correspondiente a los ejercicios no prescritos (2012 y siguientes) para lo que nos ponemos a su disposición. SENTENCIA TSJ PRESTACIONES MATERNIDAD

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