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Real Decreto-ley 15/2017, de 6 de octubre, de medidas urgentes en materia de movilidad de operadores económicos dentro del territorio nacional

Publicado el 10 oct. 2017 por Pérez de Ayala Abogados

Con fecha 7 de octubre de 2017 se ha publicado en el BOE, el Real Decreto-ley 15/2017, de 6 de octubre, de medidas urgentes en materia de movilidad de operadores económicos dentro del territorio nacional, con entrada en vigor en la misma fecha de su publicación. Mediante la aprobación de este Real Decreto-ley se lleva a cabo la modificación del artículo 285.2 de la Ley de Sociedades de Capital, el cual queda redactado de la siguiente manera: Por excepción a lo establecido en el apartado anterior el órgano de administración será competente para cambiar el domicilio social dentro del territorio nacional, salvo disposición contraria de los estatutos. Se considerará que hay disposición contraria de los estatutos solo cuando los mismos establezcan expresamente que el órgano de administración no ostenta esta competencia.” Es decir, salvo que los estatutos digan claramente lo contrario, el órgano de administración (tanto Consejo de Administración como Administradores) puede cambiar el domicilio a cualquier lugar de España, sin que sea necesaria la aprobación por la Junta General de socios. Página Web adjunta en la que se recoge la publicación en el BOE: https://www.boe.es/boe/dias/2017/10/07/pdfs/BOE-A-2017-11501.pdf

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